Publicado en Colegio, el miércoles 21 de agosto de 2019

A la Comunidad Educativa del CNBA:
Teniendo en cuenta la resolución N°57/98 respecto al “orden de en la divulgación gráfica y conservación del edificio”, se recuerda que:
- La fijación de carteles y divulgación gráfica debe realizarse exclusivamente en las carteleras habilitadas a tal efecto. Especialmente no puede usarse el revestimiento de mayólica verde por ser este parte patrimonio histórico del colegio.
- Los carteles deberán ser retirados por el/los auspiciante/s una vez vencida la fecha de la actividad o promoción divulgada.
- Se considera falta grave pintar, escribir y ensuciar piso, paredes y muebles del colegio.
- Los carteles no deberán contener propaganda comercial, expresiones irrespetuosas, injuriosas, groseras ni discriminatorias.
- No se deberá usar pegamentos que dificulten su retiro ni dejen residuos que puedan dañar la superficie. Se utilizará para tal fin el uso de “cinta de papel”.
- Los carteles no deberán ser anónimos.
- Todo cartel o expresión gráfica que no esté acorde con dichas pautas será pasible de ser retirado.
Asimismo, de presentarse alguna limitación en la divulgación grafica por el cumplimiento de las partes antes mencionadas, se solicita acercarse a la Vicerrectoría para gestionar y consensuar soluciones alternativas.

Equipo de gestión